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Obtienen condena de 14 años en total para hombre que disparó causándole la muerte a otro tras sostener discusión en local nocturno

Autor de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego, hechos ocurridos en marzo de 2019.

Tras una acusación presentada por la Fiscalía Local de Antofagasta, el Tribunal Oral en Lo Penal de la ciudad pronunció la sentencia definitiva que condena a Matías Ignacio Iribarren Videla de 25 años y nacionalidad chilena, a las penas de 11 años de presidio mayor en su grado medio más 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor de los delitos consumados de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego, respectivamente. Hechos perpetuados el 18 de marzo del 2019.


Asimismo, el sentenciado fue condenado a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para postular a cargos y oficios públicos, ejercer derechos políticos como también la inhabilitación absoluta para profesiones titulares, mientras dure la condena por ambos delitos. 


Al respecto, el fiscal Cristian Aguilar expresó “en esta investigación, llevada adelante por la Fiscalía de Antofagasta junto a detectives de la Brigada de Homicidios de la PDI, se pudo acreditar los hechos gracias a diversas pruebas como testimonios, informe de la autopsia, informe pericial balístico, documentos, fotografías, entre otros”.

 

Según los antecedentes dados a conocer durante el juicio, “el hecho ocurrió el 18 de marzo del 2019 alrededor de las 03:30 horas, en la intersección de calles Pisagua con Edmundo Pérez Zujovic, el acusado (luego de haber sostenido una discusión al interior del local nocturno por rencillas anteriores) procedió con un arma de fuego que mantenía en su poder y con la intención de causarle la muerte, a disparar en varias oportunidades a la víctima”. 


Al menos dos de los disparos que impactaron en el cuerpo de la víctima, lograron causarle un traumatismo torácico por proyectiles únicos, con y sin salida respectivamente, de carácter mortal, falleciendo la víctima en el lugar. 


En tanto, el acusado no contaba con autorización ni permiso para el porte o tenencia de armas de fuego, de modo que la utilizó ilegítimamente.


Nota 18 de marzo 2019:


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