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Condenan a 10 años de presidio a conductor en estado de ebriedad que causó la muerte de tres personas en ruta que une Mejillones y Hornitos

La alcoholemia dio como resultado que el acusado conducía con una dosificación de 1.54 gramos de alcohol, mientras cumplía condena por el mismo delito.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó este miércoles a Rodrigo Andrés Carmona Miranda a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando muerte, lesiones graves y leves. Ilícito perpetrado en enero del año pasado en la comuna de Mejillones.


En fallo unánime (causa rol 194-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Marcela Mesías Toro (presidenta), Francisco Lanas Jopia e Ingrid Castillo Fuenzalida (redactora)– aplicó, además, a Carmona Miranda accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena y la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica; más el pago de una multa de 20 UTM.


Una vez que el fallo quede ejecutado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso del vehículo station wagon, marca Jeep, incautado.


El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 12:30 horas del 1 de enero 2020, conducía un vehículo station wagon marca Jeep, por la Ruta A-1, en dirección de norte a sur. Vía en la que a la altura del kilómetro 74, y “(…) debido a que sus capacidades psicomotoras, perceptivas y reactivas se encontraban disminuidas por la ingesta alcohólica lo que se acreditó mediante la alcoholemia de rigor, desvió su desplazamiento hacia la izquierda, traspasando el eje de la calzada obstruyendo la normal circulación del vehículo placa patente única FKYB.55, marca Kia modelo Cerato, color blanco, conducido por J.G.P.H., que circulaba junto a su familia, en la pista derecha en dirección hacia una playa del sector norte, colisionándolo frontalmente”. 


“Producto de la conducción del acusado en estado de ebriedad, ocupantes del vehículo marca Kia modelo Cerato, resultaron fallecidos, su conductor J.G.P.H., de 55 años, siendo la causa de muerte politraumatismo compatible con accidente de tránsito; F.M.P.C., de 8 años, hija de aquel, causa de muerte, estallido cráneo facial, por accidente de tránsito tipo colisión, y M.A.P.G., su nieta de 9 años, siendo la causa de muerte: politraumatismo, accidente de tránsito tipo colisión. Además, resultaron lesionados, la cónyuge del conductor B.L.C.A., madre y abuela, respectivamente de las niñas fallecidas, quien iba en el asiento posterior junto a éstas, la que resultó con trauma abdominal cerrado con hemoperitoneo secundario, hematoma suprarrenal izquierdo hematoma de brazo derechos, hematoma antebrazo derecho, equimosis muslo izquierdo, equimosis múltiples en extremidades inferiores, contusión lumbar y equimosis de glúteo izquierdo, todas lesiones graves, que tardaron en sanar más de treinta días, compatibles con el antecedente de colisión vehicular de alta energía, habiendo requerido el trauma abdominal cirugía de urgencia vía laparoscópica con lavado peritoneal y drenaje hemoperitoneo, y su hijo G.A.P.C, quien iba de copiloto, el que resultó con trauma abdominal cerrado, desgarro mesentérico con hemoperitoneo secundario, TEC leve, herida erosiva retro esternal, fractura no desplazada de esternón, escoriaciones frontales y equimosis torácica, todas lesiones de carácter grave, que también tardaron en sanar más de treinta días, compatibles con el antecedente de colisión vehicular de alta energía. En su caso, el trauma abdominal también requirió de cirugía de urgencia consistente en una laparotomía exploradora con ligadura arterial, cierre de la brecha mesentérica y lavado peritoneal. (…) en cuanto a los ocupantes del vehículo conducido por el acusado, su hermano M.A.C.M., y su pareja C.F.L.J., resultaron con lesiones de carácter clínico leve”, detalla la resolución. 


Al lugar del accidente concurrió personal de la Tenencia de Carabineros de Mejillones, quienes constataron el estado de intemperancia alcohólica del conductor, con la realización de la prueba respiratoria, la que arrojó 1.75 gramos de alcohol por litro de la sangre; en tanto, la alcoholemia dio como resultado que el acusado conducía con una dosificación de 1.54 gramos de alcohol.


Asimismo, Carmona Miranda, a la fecha de los hechos, mantenía la licencia de conducir suspendida por el término de 5 años y se encontraba cumpliendo condena por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta (causa rol 12.257-2016), el 9 de marzo 2017.


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