El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó a Mauricio Yandary Fuentes Godoy a las penas efectivas de 10 años y un día junto con 3 años y un día de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio simple y porte de arma de fuego prohibida, respectivamente. Ilícitos perpetrados en diciembre de 2019, en la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 36-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Paula Ortiz Saavedra (presidenta), Llilian Durán Barrera y Francisco Lanas Jopia (redactor)– aplicó, además, a Fuentes Godoy las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (homicidio). También la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena por porte de arma.
Una vez que el fallo quede ejecutado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado más allá de toda duda razonable, que en horas de la madrugada del 17 de diciembre de 2019, “la víctima Pedro Raúl Rivera Jorquera de 70 años de edad se encontraba frente a su domicilio ubicado en calle Estado 6848 de esta ciudad, lugar donde sostuvo una discusión con el acusado Mauricio Yandary Fuentes Godoy, quien lo agredió a corta distancia con un arma de fuego de fabricación artesanal disparándole en su tórax, provocándole un hemotórax masivo derecho lesionando vasos subclavios derechos y causándole una herida transfixiante en el pulmón derecho para luego darse a la fuga, dejando a la víctima abandonada, la que fue trasladada al Hospital Regional de Antofagasta, falleciendo en el lugar por la gravedad de sus lesiones. Teniendo como causa de muerte traumatismo torácico derecho por proyectil balístico único, sin salida. Además, posteriormente se determinó que el acusado no mantenía autorización para portar armas de fuego de fabricación artesanal”.